Guantes obligatorios en carretera, calzado cerrado, nuevas reglas para circular por el arcén y cambios en los cascos. El 1 de octubre de 2026 entra en vigor una importante reforma del Reglamento General de Circulación que afecta directamente a los usuarios de motocicletas y ciclomotores en España.
La nueva normativa de la DGT introduce varias medidas destinadas a mejorar la seguridad de los motoristas, uno de los colectivos más vulnerables de la circulación. Entre las novedades más destacadas están la obligatoriedad de utilizar guantes de protección en vías interurbanas, llevar calzado cerrado en cualquier tipo de vía y la posibilidad de que las motocicletas utilicen el arcén derecho a un máximo de 30 km/h cuando exista una retención y el tramo esté expresamente habilitado y señalizado.
Pero hay más. La reforma también modifica las condiciones relacionadas con los cascos, el chaleco reflectante y el equipamiento de los motoristas profesionales.
En New Mundial Motos, especialistas en equipamiento y accesorios para moto, repasamos todas las novedades para que puedas preparar tu equipación antes de que entre en vigor la nueva normativa.
¿Cuándo entran en vigor las nuevas normas para motos de la DGT?
La fecha clave es el 1 de octubre de 2026.
El cambio llega mediante el Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, que modifica el Reglamento General de Circulación en materia de protección de los usuarios vulnerables de la vía. El propio BOE establece expresamente el 1 de octubre de 2026 como fecha de entrada en vigor.
El objetivo de la reforma es aumentar la protección de colectivos especialmente vulnerables, entre ellos los conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores.
1. Guantes obligatorios para circular en vías interurbanas
Una de las novedades más importantes para los motoristas será la obligatoriedad de utilizar guantes de protección cuando se circule por vías interurbanas.
La obligación afecta tanto al conductor como al pasajero de motocicletas y ciclomotores.
Hasta ahora, los guantes de moto han sido uno de los elementos de protección más recomendados por fabricantes, expertos y organismos de seguridad vial, pero la nueva regulación los incorpora expresamente dentro de los elementos de protección obligatorios. El artículo 118 del Reglamento General de Circulación establece la obligación de utilizar guantes en vías interurbanas.
¿Qué significa para el motorista?
Si vas a circular por carretera, autovía u otra vía interurbana, deberás contar con guantes de protección adecuados para moto.
Además de cumplir la normativa, utilizar guantes específicos es fundamental para proteger las manos en caso de caída. Las manos suelen ser una de las primeras partes del cuerpo que entran en contacto con el asfalto cuando se produce una caída.
Por eso, más allá de la obligación legal, elegir unos buenos guantes de moto homologados y adecuados a la estación del año es una inversión directa en seguridad.
Consejo de New Mundial Motos: no esperes al 1 de octubre para renovar tus guantes. Es especialmente importante comprobar que el guante se ajusta correctamente, permite manejar los mandos con precisión y ofrece protección adecuada para el tipo de conducción que realizas.
2. El calzado cerrado será obligatorio en cualquier vía
Otra de las grandes novedades es la obligación de utilizar calzado cerrado que cubra todo el pie.
Y aquí hay una diferencia importante respecto a los guantes:
El calzado cerrado será obligatorio tanto en vías urbanas como en vías interurbanas.
Por tanto, la nueva normativa deja atrás situaciones habituales como conducir una moto con chanclas, sandalias u otro calzado abierto.
El artículo 118 establece literalmente que los conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores deberán utilizar calzado cerrado que cubra todo el pie cuando circulen por cualquier tipo de vía.
¿Qué calzado es recomendable para ir en moto?
Aunque la norma establece el requisito mínimo de llevar el pie cubierto, desde el punto de vista de la seguridad no es lo mismo cualquier zapato cerrado que un calzado específico para moto.
Las botas y zapatillas de moto están diseñadas para proteger zonas especialmente expuestas como:
- Pie y dedos.
- Tobillos.
- Talón.
- Zona del empeine.
- En determinados modelos, también la tibia.
En trayectos urbanos, unas zapatillas específicas de moto pueden ser una opción práctica para quienes buscan combinar protección y comodidad. Para carretera, viajes o conducción deportiva, las botas de moto ofrecen un nivel de protección superior.
3. Las motos podrán circular por el arcén a un máximo de 30 km/h en determinadas retenciones
Esta es probablemente una de las novedades que más ha llamado la atención entre los motoristas.
A partir del 1 de octubre de 2026, las motocicletas podrán utilizar de forma extraordinaria el arcén derecho en determinadas situaciones de congestión.
Pero cuidado: no significa que las motos puedan circular libremente por el arcén cuando haya tráfico.
La nueva regulación establece varias condiciones.
¿Cuándo se podrá utilizar el arcén?
La circulación por el arcén derecho estará permitida únicamente cuando:
- El tramo haya sido previamente habilitado por la autoridad competente.
- Exista señalización fija vertical y marcas viales que indiquen dicha posibilidad.
- Los carriles de la vía estén detenidos por congestión del tráfico.
- La motocicleta no supere los 30 km/h.
- Las motos circulen en columna de a uno.
- Se extreme la precaución y se respete a los vehículos que tengan obligación de utilizar el arcén.
El BOE deja claro que se trata de un uso extraordinario y condicionado, no de un permiso general para circular por el arcén.
Además, si una motocicleta pone en riesgo a otros usuarios obligados a circular por el arcén, deberá abandonarlo.
¿Podré adelantar por el arcén en cualquier atasco?
No.
Este es uno de los errores que conviene evitar al interpretar la nueva norma.
Si estás en una retención y no existe señalización que habilite expresamente el uso del arcén, la nueva regulación no convierte el arcén en un carril adicional para motocicletas.
La autorización estará limitada a los tramos previamente establecidos y señalizados.
4. ¿Será obligatorio llevar el chaleco reflectante en moto?
Aquí también existe cierta confusión.
La nueva normativa establece diferentes obligaciones relacionadas con el chaleco reflectante de alta visibilidad.
En primer lugar, las motocicletas deberán llevar un chaleco reflectante de alta visibilidad como parte de su dotación obligatoria. Esta modificación se incorpora también al Reglamento General de Vehículos.
Pero esto no significa que todos los motoristas particulares tengan que circular con el chaleco puesto durante todo el trayecto.
En vías interurbanas, cuando el motorista tenga que salir de la motocicleta y ocupar la calzada o el arcén, deberá utilizar el chaleco reflectante.
La situación cambia para quienes utilizan la moto profesionalmente.
¿Qué pasa con los riders y repartidores?
Los conductores que desarrollen una actividad profesional utilizando motocicletas, ciclomotores, bicicletas u otros vehículos incluidos en la norma deberán utilizar el chaleco reflectante de alta visibilidad mientras circulen, en todo tipo de vías.
Por tanto:
Motorista particular: debe llevar el chaleco como parte de la dotación de la moto y utilizarlo cuando corresponda al salir del vehículo en vías interurbanas.
Motorista profesional/repartidor: deberá utilizarlo durante la circulación y en todo tipo de vías.
5. ¿Cambian las normas sobre el casco de moto?
Sí, aunque aquí es importante distinguir entre motocicletas y ciclomotores.
El nuevo artículo 118 establece que los conductores y pasajeros de motocicletas, vehículos de tres ruedas, cuadriciclos, ciclomotores y determinados quads deberán utilizar cascos de protección homologados conforme al Reglamento UNECE R22 y correctamente abrochados.
Por tanto, la homologación del casco adquiere especial importancia.
¿Qué ocurre con los cascos de ciclomotor?
La reforma establece un cambio específico para los ciclomotores: los cascos deberán estar homologados y no simplemente certificados.
Sin embargo, existe un periodo transitorio de un año. Los conductores y pasajeros de ciclomotores podrán seguir utilizando cascos certificados durante ese periodo, antes de que la nueva exigencia sea plenamente aplicable.
Por eso, si tienes un ciclomotor y estás pensando en cambiar de casco, 2026 puede ser un buen momento para comprobar la homologación del que utilizas habitualmente.
6. Guantes, casco y calzado: ¿qué equipamiento será obligatorio?
Con la reforma, el equipamiento obligatorio de los usuarios de motocicletas y ciclomotores queda más definido.
| Elemento | ¿Cuándo es obligatorio? |
|---|---|
| Casco homologado | En todo tipo de vías |
| Guantes de protección | En vías interurbanas |
| Calzado cerrado | En todo tipo de vías |
| Chaleco reflectante | Debe formar parte de la dotación de la moto; uso obligatorio cuando corresponda en vías interurbanas |
| Chaleco para profesionales | Obligatorio durante la circulación en todo tipo de vías |
La propia DGT ya había avanzado durante 2026 que la reforma incorporaría nuevas obligaciones de equipamiento para los motoristas.
7. ¿Habrá multas por no cumplir estas nuevas obligaciones?
El incumplimiento de determinadas obligaciones relacionadas con el equipamiento puede constituir una infracción grave.
Medios especializados del sector han señalado sanciones de 200 euros para determinadas infracciones relacionadas con los nuevos requisitos de guantes y calzado.
En cualquier caso, más allá de la sanción económica, el objetivo principal de estas medidas es reducir las consecuencias de los accidentes de moto.
Para un motorista, unos guantes adecuados, un buen calzado y un casco correctamente homologado no deberían verse simplemente como elementos necesarios para evitar una multa: son parte fundamental del equipamiento de seguridad.
Tabla resumen: nuevas normas para motoristas desde octubre de 2026
| Nueva medida | ¿A quién afecta? | Condición |
| Guantes de protección | Conductores y pasajeros de motos y ciclomotores | Vías interurbanas |
| Calzado cerrado | Conductores y pasajeros | Todas las vías |
| Casco homologado UNECE R22 | Conductores y pasajeros | Todas las vías |
| Uso del arcén | Motocicletas | Retenciones señalizadas, máximo 30 km/h |
| Chaleco reflectante | Motoristas | Parte de la dotación; uso cuando corresponda en vía interurbana |
| Chaleco para profesionales | Riders y motoristas profesionales | Todas las vías |
¿Qué debería revisar un motorista antes del 1 de octubre?
La llegada de la nueva normativa es una buena oportunidad para revisar todo el equipamiento.
1. Comprueba tu casco
Revisa que tu casco cumple la homologación correspondiente y que está correctamente abrochado.
Si el casco está deteriorado, ha sufrido un golpe o tiene muchos años de uso, puede ser recomendable sustituirlo aunque aparentemente esté en buen estado.
2. Revisa tus guantes
Si todavía utilizas guantes antiguos, comprueba su estado, ajuste y nivel de protección.
Para carretera, recomendamos especialmente utilizar guantes específicos de moto, con protecciones adecuadas y un cierre que mantenga el guante correctamente sujeto a la mano.
3. Di adiós al calzado abierto
Desde el 1 de octubre no será posible circular en moto con calzado abierto.
Unas botas o zapatillas específicas para moto proporcionan además una protección mucho mayor que un calzado convencional.
4. Lleva siempre el chaleco reflectante
Aunque no tengas que circular permanentemente con él si eres un motorista particular, debe formar parte de la dotación de la motocicleta.
Y en caso de avería, accidente o cualquier otra situación que te obligue a bajar de la moto en una vía interurbana, tenerlo a mano será fundamental.
5. Si eres repartidor, presta especial atención
Los motoristas profesionales tienen requisitos adicionales respecto al chaleco reflectante.
Si utilizas tu moto para trabajar, asegúrate de conocer exactamente las obligaciones que te afectan antes de la entrada en vigor de la reforma.
Más protección para los motoristas
La reforma del Reglamento General de Circulación supone un cambio importante en la forma de entender la seguridad de los usuarios de motocicletas y ciclomotores.
El mensaje es claro: el equipamiento importa.
El casco continúa siendo el elemento fundamental, pero ahora la normativa presta una atención específica a las manos y los pies, dos zonas que pueden sufrir lesiones graves en una caída.
En New Mundial Motos llevamos años trabajando para que los motoristas puedan encontrar el equipamiento adecuado para cada tipo de conducción, desde guantes y botas hasta cascos, chaquetas, pantalones y sistemas de protección.
Si necesitas renovar tu equipamiento antes de la entrada en vigor de las nuevas normas, puedes consultar nuestra sección de guantes, botas y cascos de moto y elegir la opción que mejor se adapte a tu moto y a tu forma de conducir.
Preguntas frecuentes sobre las nuevas normas DGT para motos
¿Cuándo entran en vigor las nuevas normas para motoristas?
El nuevo Real Decreto 518/2026 entra en vigor el 1 de octubre de 2026.
¿Será obligatorio llevar guantes en moto?
Sí. Los conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores deberán utilizar guantes de protección cuando circulen por vías interurbanas.
¿Será obligatorio llevar calzado cerrado en moto?
Sí. El calzado cerrado que cubra todo el pie será obligatorio en todo tipo de vías, tanto urbanas como interurbanas.
¿Podrán las motos circular por el arcén?
Sí, pero únicamente en los tramos previamente habilitados y señalizados, cuando los carriles estén detenidos por congestión. La velocidad máxima será de 30 km/h y las motocicletas deberán circular en columna de uno.
¿Puedo circular por el arcén en cualquier atasco?
No. El arcén solo podrá utilizarse cuando la administración haya habilitado y señalizado expresamente ese tramo.
¿Tengo que llevar un chaleco reflectante en la moto?
Sí. Las motocicletas deberán llevar un chaleco reflectante de alta visibilidad como parte de su dotación obligatoria. Los motoristas particulares deberán utilizarlo cuando salgan de la moto y ocupen la calzada o el arcén en vías interurbanas. Los profesionales que circulen en moto deberán utilizarlo durante la circulación en todo tipo de vías.
¿Cambian los cascos de moto?
La nueva regulación exige cascos de protección homologados conforme al Reglamento UNECE R22. En el caso de los ciclomotores existe un periodo transitorio de un año para la nueva exigencia de homologación.
En resumen: prepara tu moto para octubre de 2026
El 1 de octubre de 2026 marcará un antes y un después para los motoristas en España.
Guantes en carretera, calzado cerrado en cualquier vía, casco homologado, chaleco reflectante y nuevas condiciones para circular por el arcén.
Son cambios importantes que conviene conocer con antelación y, sobre todo, preparar antes de que llegue la fecha.
En New Mundial Motos encontrarás todo el equipamiento que necesitas para seguir disfrutando de tu moto con seguridad y cumplir con las nuevas exigencias de circulación.
Porque equiparse bien no debería ser solo una cuestión de normativa: debería ser siempre una cuestión de seguridad.
